Bienestar para empresas

Beneficios de una estrategia y prima vacacional competitivos

Fecha de la última actualización 9 dic 2024
Tiempo de lectura: 8 minutos
Woman standing up, wearing gym clothes, smiling with her eyes closed.

México es el país de Latinoamérica con menos días de vacaciones pagadas. El promedio en la región es de 15 días, y en diversos países como Brasil y Cuba el periodo vacacional mínimo es de 30 días desde el primer año de empleo. De hecho, los colaboradores/as de tiempo completo en nuestro país dedican menos horas de su día a su vida social que el promedio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

Esto, por lo general, deriva en agotamiento laboral y deteriora el bienestar emocional del personal. En cambio, una política de vacaciones eficaz y una prima vacacional más alta que la competencia podrían ofrecer a tu empresa los siguientes beneficios:

  • Aumentar la satisfacción laboral
  • Mejorar la tasa de fidelización
  • Disminuir el índice de rotación
  • Reducir los costos relacionados con la gestión del capital humano

Reforma Vacaciones Dignas

Para cerrar la brecha vacacional y mejorar el bienestar laboral y personal de los mexicanos el Senado de la República aprobó la reforma Vacaciones Dignas. Esta enmienda entró en vigor el 1 de enero de 2023 y modificó los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) relativos al número de días de vacaciones remuneradas a las que tienen derecho los colaboradores/as, de conformidad con la siguiente tabla:

Años de antigüedad

Periodo vacacional antesde la reforma

Periodo vacacional despuésde la reforma

1 año6 días12 días
2 años8 días14 días
3 años10 días16 días
4 años12 días18 días
5 años14 días20 días
Entre 6 y 10 años16 días22 días
Entre 11 y 15 años18 días24 días
Entre 16 y 20 años20 días26 días
Entre 21 y 25 años22 días28 días
Entre 26 y 30 años24 días30 días
Entre 31 y 35 años24 días32 días

Y aunque la reforma Vacaciones Dignas no modificó el porcentaje correspondiente a la prima vacacional, como el número de días de vacaciones aumentó, el monto que se paga a los colaboradores/as también se elevó de manera proporcional. Además, ya se turnó a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Senado de la República una iniciativa que plantea aumentar esta prestación del 25 al 50 % la cual señala lo siguiente:

“La importancia de las vacaciones no es un tópico en discusión. Cada vez son más los estudios que demuestran que las reducciones de jornada, la flexibilidad de horarios y las vacaciones anuales dan como resultado trabajadores motivados, enérgicos y dispuestos a dar su mejor performance en pro del proyecto del centro de trabajo”.

Por el momento, nos centraremos en el porcentaje vigente del 25 %. Sigue leyendo para conocer cómo se define por ley la prima vacacional, quiénes tienen derecho a esta prestación, cómo se calcula, y cómo y cuándo se paga.

Qué es la prima vacacional

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) define la prima vacacional como una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones. Asimismo, el artículo 80 de la LFT establece que los colaboradores/as tienen derecho a una prima de al menos el 25 % sobre el sueldo correspondiente al periodo de vacaciones.

Quiénes tienen derecho a recibir la prima vacacional

Esta prestación, igual que el aguinaldo, el seguro social y la participación en las utilidades, se aplica desde el primer día de trabajo. Las personas que tienen derecho a recibir una prima vacacional son las siguientes:

  • Todos los colaboradores/as activos temporales o permanentes (de tiempo completo o medio tiempo) reciben una prima vacacional anual en función de su antigüedad, no la duración de la jornada de trabajo. 
  • Los ex-colaboradores/as reciben un monto proporcional correspondiente a los días laborados durante el año, sin importar su antigüedad con la empresa.
  • En caso de fallecimiento de un colaborador/a, sus beneficiarios tienen derecho a recibir la prima vacacional respectiva.

Cómo se calcula la prima vacacional

Para calcular el monto de la prima vacacional correspondiente, necesitas los siguientes datos:

  • Sueldo mensual bruto: es el salario base acordado entre el empleador y el colaborador/a antes del pago de impuestos y otras deducciones, como las aportaciones al IMSS y al INFONAVIT, en caso de que corresponda.
  • Salario diario: se obtiene dividiendo el sueldo mensual bruto entre 30. Este monto, por lo general, aparece en el recibo de nómina.
  • Años de antigüedad: a partir de la fecha en que los colaboradores/as comenzaron a laborar para un mismo empleador en uno o distintos puestos.
  • Días de vacaciones: consulta la tabla arriba.

Una vez que tengas los datos arriba citados, utiliza la siguiente fórmula:

Salario diario x número de días de vacaciones x 0.25 (25 % que marca la ley)

Considera este ejemplo:

María tiene una antigüedad laboral de seis años, por lo que le corresponden 22 días de vacaciones. Su sueldo mensual bruto es de $20,000, lo que equivale a un salario diario $666.67. La fórmula en este caso sería como sigue:

$666.67 x 22 x 0.25 = $3,666.69

Además, María recibirá su sueldo respectivo a su periodo vacacional. Es decir, su salario diario $666.67 x 22 días = $14,666.74 + $3,666.69 de la prima vacacional para un total a pagar de $18,333.43.

A cuántos salarios diarios corresponde la prima vacacional

De conformidad con los periodos que establece la reforma Vacaciones Dignas, estos son los montos que corresponden a los colaboradores/as según su antigüedad:
 

Años de trabajo

Número de salarios diarios

1 año3 días
2 años3.5 días
3 años4 días
4 años4.5 días
5 años5 días
De 6 a 10 años5.5 días
De 11 a 15 años6 días
De 16 a 20 años6.5 días
De 21 a 25 años7 días
De 26 a 30 años7.5 días
De 31 años en adelante8 días

Cómo se paga la prima vacacional

En función de la política contable de cada empresa, la prima vacacional se puede pagar en efectivo, por depósito o transferencia bancaria.

Cuándo se paga la prima vacacional

De conformidad con las políticas de la empresa, el pago de la prima vacacional a los colaboradores/as permanentes puede efectuarse en una o más exhibiciones, ya sea cuando cumplen un año de antigüedad o justo antes de tomar las vacaciones anuales que le corresponden.

Los colaboradores/as temporales recibirán la parte proporcional que les corresponde de prima vacacional al finalizar su contrato por tiempo definido.

¿Se paga la prima vacacional si los colaboradores/as no toman sus vacaciones?

Por lo general, los colaboradores/as y empleadores pactan el mejor momento para disfrutar el periodo vacacional a que tienen derecho. Esto debe suceder durante los seis meses posteriores al cumplir años de trabajo. De no ser así, el colaborador/a tendrá un año para solicitar sus vacaciones acumuladas y la prima correspondiente del año anterior. De lo contrario, pierde ambos beneficios.

Por ejemplo, José cumple un año de servicios con su empresa en septiembre de 2024. El periodo vacacional que contempla la LFT va de septiembre a marzo de 2025. Si por algún motivo no toma sus vacaciones, tendrá hasta marzo de 2026 para reclamar este derecho. Sin embargo, hay empresas que permiten el goce de vacaciones y el pago de la prima vacacional procedente incluso después de que concluyó el plazo legal.

Deducciones relacionadas con la prima vacacional

La prima vacacional está exenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR) si el monto a pagar no rebasa 15 veces las Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a $1,556 en la actualidad. Solo la cantidad excedente es gravable. Por ejemplo, si un colaborador/a recibe una prima vacacional de $3,000, solo pagará el ISR correspondiente a $1,444. Sin embargo, las obligaciones fiscales y otras deducciones se reducirán de manera habitual al salario correspondiente a las vacaciones de los colaboradores/as.

Importancia de una política de vacaciones eficaz

Promover el bienestar pleno de los colaboradores/as es imperativo en un mercado laboral tan reñido como el actual. Del mismo modo, establecer políticas internas y procedimientos claros para la solicitud y la autorización de vacaciones podría ayudarte a aumentar el compromiso de los colaboradores/as y mejorar la rentabilidad corporativa de tu empresa.

Una encuesta de Termómetro Laboral de OCCMundial, que se llevó a cabo en junio de 2023 entre miles de colaboradores/as mexicanos sobre el síndrome de fatiga o burnout, arrojó los siguientes resultados:

  • El 57 % declaró que sufre o ha padecido estrés y ansiedad, síntomas típicos del síndrome de fatiga laboral.
  • El 34 % señaló que tiene problemas emocionales que afectan su vida personal debido al estrés relacionado con su empleo.
  • El 8 % afirma que no ha sentido ningún síntoma del burnout debido a que trabaja en empresas que tienen programas orientados a promover su bienestar emocional y físico, dentro y fuera del trabajo.

Los periodos vacacionales brindan excelentes ventajas, pero no son una solución milagrosa. Conoce cómo Wellhub puede ayudar a tu empresa a mejorar la satisfacción laboral mediante un programa integral de bienestar para todos.

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Referencias

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*Basado en la encuesta sobre el ROI del bienestar 2024 realizada a más de 2000 líderes de RR. HH. en 9 países.


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El equipo editorial de Wellhub ayuda a los líderes de RR. HH. a fomentar el bienestar de sus colaboradores/as. Nuestros trabajos de investigación, análisis de tendencias y guías con consejos prácticos proporcionan las herramientas que aquellos necesitan para mejorar el bienestar de sus equipos, especialmente en una época como la actual, con horizontes profesionales tan cambiantes.